En
lo que significó un intento por ordenar los esfuerzos y,
desde luego, las atribuciones del Estado mexicano en materia
de preservación del medio ambiente y protección de los
recursos naturales, el 28 de enero de 1988 –es decir, hace
30 años- se publicó la Ley General para el Equilibrio
Ecológico y la Protección al Ambiente. En su exposición de
motivos, se explicaba que el control y la prevención de la
contaminación, la adecuada utilización de los recursos
naturales y el mejoramiento del medio ambiente de las
comunidades humanas, eran condiciones básicas para
garantizar el bienestar y una adecuada calidad de vida para
la población.
La LGEEPA –como se le conoce a esta ley- estableció la
obligación del gobierno federal de considerar los asuntos
ambientales en la planeación del desarrollo nacional, y
delegó mayor autoridad a los gobiernos estatales y
municipales para atender esta problemática. Entre otras
disposiciones, la LGEEPA estableció mecanismos para el
control de la contaminación del aire, del agua, del suelo y
el ruido, así como para el adecuado manejo de los desechos
peligrosos de la industria; y, junto con otras propuestas
ciertamente novedosas, la ley buscaba propiciar el
tratamiento y la reutilización de las aguas residuales, la
aplicación de técnicas para combatir la erosión del suelo y
la adopción de prácticas agrícolas amables con el medio
ambiente.
El gobierno federal reconoció que el cuidado de la
diversidad biológica es una premisa fundamental para
conservar la riqueza del país, e identificó a la creación y
manejo de áreas naturales protegidas como un instrumento
básico no sólo para preservar a los ecosistemas
representativos de México, sino también para garantizar la
continuidad del proceso mismo de la evolución. El 30 de
noviembre de 1988, diez meses después de la publicación de
la LGEEPA, el Gobierno de la República decretó como “reserva
de la biosfera” a El Vizcaino, uno de los ecosistemas
más extensos, bellos y representativos de la diversidad
biológica en la península de Baja California.
En 1991, se prohibió la explotación comercial de la tortuga
marina y, como respuesta al embargo atunero impuesto a
México por el gobierno estadounidense, se instrumentó un
programa de observadores internacionales para constatar que
la flota pesquera mexicana efectivamente protegía a los
delfines.
Con la creación de la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos
Naturales y Pesca (SEMARNAP) –en 1994- fueron reunidos y
organizados, en un solo sector de la administración pública,
recursos, atribuciones y capacidades institucionales que
hasta entonces eran competencia de otras secretarías de
Estado. La SEMARNAP se formó con los recursos de diversas
áreas de la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos
y de las extintas secretarías de Desarrollo Urbano y
Vivienda (SEDUE), de la de Desarrollo Social (SEDESOL) y de
la Secretaría de Pesca, y sectorizó a organismos
paraestatales como la Comisión Nacional del Agua, el
Instituto Nacional de Ecología y la Procuraduría Federal de
Protección al Ambiente, entre otros.

Con las reformas de 1996 a la LGEEPA se distribuyeron
competencias entre los tres órdenes de gobierno, se
definieron criterios generales para el ordenamiento
ecológico del territorio y se crearon mecanismos normativos
para la conservación de la biodiversidad, la prevención de
la contaminación y la participación ciudadana. A 30 años de
haber sido decretada y aún con todas sus posteriores
reformas, la LGEPPA ha propiciado la instauración de un
marco jurídico e institucional sólido y, en muchos sentidos,
eficaz en materia de protección ambiental.
Sin embargo (y esta es una crítica formulada desde el
pragmatismo), la visión segmentada o sectorizada que en la
administración pública ha prevalecido en la materia, no ha
permitido que la legislación ambiental sea transformada en
un instrumento jurídico de carácter verdaderamente
transversal y que establezca principios de actuación
observables y sancionables en todas las actividades y por
todos los actores involucrados en el desarrollo. El reto que
enfrentan las generaciones actuales es, ahora, el de poner a
la defensa del medio ambiente como un tema de verdadera alta
prioridad y como una de las principales condiciones para la
construcción de un desarrollo inclusivo, equitativo y
sustentable.
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